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Mientras los tribunales declaran ilegales a las apuestas online, el SII exigirá que paguen el IVA Digital
Revierte la exclusión de estas firmas a este régimen, impulsado durante el gobierno de Boric:

El Servicio aseguró que no le corresponde calificar la “licitud” de una actividad, sino que debe velar porque se paguen los impuestos que corresponden.

Pese a que en los dos últimos años hubo dos fallos distintos de la Corte Suprema declarando la actividad de las apuestas en línea como ilegal, ahora las casas de apuestas y casinos online extranjeros podrán pagar el IVA Digital por su operación en el país.

Así lo determinó el Servicio de Impuestos Internos (SII), luego de emitir una resolución —firmada por su actual director, Jorge Trujillo—, el pasado de 2 de junio. A través de dicho acto, se abre la posibilidad para que este tipo de plataformas de juegos de azar, que no tengan residencia ni domicilio en Chile, queden afectas a este gravamen que será aplicado sobre “el monto total de todas las contraprestaciones recibidas como remuneración, cualquiera sea su naturaleza, por la prestación de los indicados servicios”.

Caducan resolución

Esta medida deja sin efecto lo resuelto en marzo de 2023 por el SII durante el gobierno de Gabriel Boric. La institución, liderada en ese entonces por Hernán Frigolett, las excluyó de dicho régimen de tributación por considerar que esta actividad de apuestas y casinos en línea era “ilícita”, lo que terminó dejándolas fuera del régimen simplificado de tributación del IVA para prestadores extranjeros.

El SII indicó ayer en un comunicado que, mediante su reciente resolución, se establece un “sistema de inscripción y fija un mecanismo para que las plataformas sin domicilio ni residencia en Chile que prestan servicios de apuestas, juegos de azar, casinos y análogos o conexos, en línea o a través de plataformas digitales, p a g u e n l o s i m p u e s t o s correspondientes por las operaciones realizadas en nuestro país”.

Señaló que estas firmas “podrán inscribirse en el sistema habilitado por el Servicio, debiendo sujetarse a las normas e instrucciones vigentes sobre inscripción, registro, declaración y pago del impuesto al valor agregado con contribuyentes extranjeros que prestan servicios digitales gravados con IVA”.

Una vez inscritos en dicho sistema, las firmas que “hayan prestado servicios durante los últimos treinta y seis períodos tributarios deberán pagar el IVA correspondiente adeudado, presentando el formulario IVA Digital (F129)”

Trujillo respaldó esta decisión debido a que “no compete a este Servicio calificar la licitud de una determinada actividad económica. Sin embargo, le corresponde velar por la correcta aplicación de la ley tributaria y fiscalizar el correcto entero de los impuestos que correspondan por el ejercicio de dicha actividad, en su caso”.

El director del SII indicó que si bien estos contribuyentes extranjeros habían sido “excluidos” de este régimen, “atendida la naturaleza ilícita de su actividad, determinada e informada por la autoridad competente (…) el Servicio se encuentra igualmente obligado a asegurar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, estableciendo mecanismos que les permitan declarar y pagar los impuestos correspondientes”.

Esta postura fue reforzada en su comunicado: “Dado que las referidas plataformas no autorizadas, en los hechos y como es de público conocimiento, se han mantenido (…) realizando estas operaciones gravadas con IVA, incluso publicitando abiertamente sus operaciones, es deber de este Servicio asegurar que realicen el pago de los impuestos que les corresponden”.

La medida del SII se produce luego de que el Ministerio de Hacienda puso urgencia a la discusión legislativa para regular las apuestas en línea, dado que esta iniciativa podría recaudar unos US$ 300 millones anuales. La suma compensará otras rebajas tributarias contenidas en el proyecto de Reconstrucción, como el Impuesto de Primera Categoría.

Aunque también destacó la petición de la estatal Polla Chilena de Beneficencia, que planteó que “se cierra la puerta a los ilegales y se abre la puerta del juego online a los actores regulados existentes”, según declaró su presidente, Felipe Dalgalarrando, a “El Mercurio”, en una entrevista publicada el 25 de mayo.

Coherencia y pragmatismo

Gonzalo Navarro, director del área Tecnología de Aninat Abogados, señaló que la decisión del SII será “coherente con la normativa dictada hace años respecto del cobro de IVA Digital a prestadores de servicios ubicados en el exterior que generan rentas desde Chile (…). Se trata de una evolución natural hacia la cual el Servicio podría haber avanzado incluso con anterioridad”.

Navarro reconoció que “la actividad de apuestas en línea es ilegal en Chile. Sin embargo, al ser ofrecida por empresas ubicadas fuera del país, existe una discusión regulatoria pendiente que deberá ser zanjada por el Congreso Nacional, especialmente considerando que los fallos dictados por la Corte Suprema en sede de protección tienen alcances limitados”.

Clemente Pérez, abogado y socio de Guerrero Olivos, cree que esto fue un “acto pragmático” por parte del SII. “Está haciendo lo correcto, porque es intentar tapar el sol con un dedo decir que son ilegales y quedarnos de brazos cruzados, mientras hay una industria que está ocurriendo delante de nuestros ojos”.

Respecto de si esta resolución validaría una actividad que ha sido declarada como ilegal, Pérez aseguró que el fallo de la Corte Suprema “termina siendo una resolución sin imperio, porque siguen funcionando. Es como un saludo a la bandera y acá no nos sirven los saludos a la bandera, lo que se necesita es regular y establecer exigencias”. Agregó que “ojalá se avance en la ley y que se establezcan impuestos adicionales, pero por mientras, que paguen el IVA. Imagina regalarles el Mundial y ni siquiera paguen IVA”.

Desde la Agrupación de Plataformas de Apuestas en Línea valoraron esta resolución, debido a que “se restablece la vía para declarar y pagar impuestos en el país, entregando mayor certeza jurídica y fortaleciendo la recaudación fiscal asociada a servicios digitales prestados en Chile”.

La Asociación Chilena de Casinos y Juego afirmó que “esta medida no constituye un simple acto de recaudación tributaria. En la práctica, opera como un mecanismo de regularización encubierta, al incorporar al sistema del Estado a operadores que desarrollan una actividad que la Corte Suprema ha calificado como ilegal”.

Cinco claves que envuelven al juego en línea

1 En octubre de 2023, Betsson finiquitó su contrato comercial con la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), por el cual se adjudicó los naming rights del torneo de Primera y Segunda División del torneo nacional.

2 La Corte Suprema ha declarado ilegal la actividad y ha ordenado a los proveedores de internet a bloquear el acceso a las plataformas.

3 La discusión del proyecto de regulación a las apuestas en línea también ha sido foco de cuestionamientos. A fines de 2023 pasó al Senado y aún se mantiene en trámite legislativo. El 29 de mayo se cumplió el último plazo para recibir indicaciones. Hacienda no envió sus indicaciones a tiempo.

4 La empresa estatal Polla ha criticado la actividad, acotando: “cerrará la puerta a la ilegalidad, pero abrirá la puerta al juego regulado”.

5 Según un estudio presentado por la Corporación de Juego Responsable y Red Preventiva Chile Conprovego en octubre de 2025, la edad promedio de inicio de los apostadores en línea parte en los 15,5 años.

Una vez inscritos en el sistema, las firmas que “hayan prestado servicios durante los últimos treinta y seis períodos tributarios deberán pagar el IVA correspondiente adeudado”, dijo el SII.


Autor(es):

N. BIRCHMEIER RIVERA
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